Santo Domingo.- El Congreso Nacional está revisando un proyecto de ley que busca modificar el Código de Trabajo de la República Dominicana, Ley 16-92, con el objetivo de actualizar y reforzar las regulaciones que rigen el ámbito laboral.
Entre los cambios más relevantes, el artículo 45 establece la prohibición de que los trabajadores se presenten o trabajen en estado de embriaguez o bajo condiciones similares.
Este proyecto de ley no solo aborda la embriaguez, sino que también introduce otras seis disposiciones importantes que buscan mejorar el ambiente laboral y garantizar la seguridad y el orden en los centros de trabajo. Los puntos adicionales del artículo 45 prohíben a los trabajadores:
Portar armas de cualquier clase durante las horas de labor, salvo excepciones que la ley establezca para ciertos empleados.
Realizar colectas en el lugar de trabajo durante las horas laborales.
Utilizar herramientas y útiles suministrados por el empleador para fines distintos de aquellos a los que están destinados, o usarlos sin la autorización del empleador.
Hacer uso de dispositivos electrónicos con fines ajenos a su labor durante las horas de trabajo.
Extraer del lugar de trabajo herramientas, materia prima o productos elaborados sin permiso del empleador.
Realizar propaganda religiosa o política durante el trabajo.
Estas disposiciones buscan modernizar el Código de Trabajo y adaptarlo a las nuevas dinámicas laborales y tecnológicas, garantizando tanto el respeto a las normativas de seguridad como la eficiencia en los entornos de trabajo. Con la prohibición explícita de la embriaguez, el uso indebido de herramientas y dispositivos electrónicos, y la restricción de propaganda política o religiosa, la ley refuerza la necesidad de mantener la productividad y el orden en los espacios laborales.